De la revisión de antecedentes, se tiene que el recurso de casación fue presentado dentro
IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
De la revisión de antecedentes, se tiene que el recurso de casación fue presentado dentro del plazo de cinco días; habida cuenta, que el recurrente fue notificado con el Auto de Vista impugnado 1 de diciembre de 2016, presentando su recurso el 8 del mismo mes y año; cumpliendo de esta manera, con lo preceptuado por el art. 417 del CPP, correspondiendo por lo tanto, verificar el cumplimiento de los demás requisitos
- Por memorial presentado el 8 de diciembre de 2016, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Del recurso de casación interpuesto, se extraen los siguientes motivos
- ii) En el segundo agravio del recurso de alzada se denunció que tanto el representante
- Respecto a dicho agravio, el Auto de Vista le respondió en sentido que, en el
- De lo manifestado, se denota que el Tribunal de alzada otorgó una inadecuada fundamentación respecto
- Cita y glosa la doctrina legal aplicable de los Autos Supremos 26/2013 de 8 de
- 2) El recurrente denuncia errónea aplicación de la ley sustantiva, cometida por el Auto de
- Glosa a continuación la doctrina legal aplicable de los Autos Supremos 329/2006 de 29 de
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- De la revisión de antecedentes, se tiene que el recurso de casación fue presentado dentro
- En el primer motivo el recurrente denuncia falta de fundamentación en la que hubiere incurrido
- Previo a realizar el análisis de admisibilidad del motivo denunciado, para fines pedagógicos, conviene aclarar
- Una vez realizada la aclaración precedente, corresponde ingresar al análisis de admisibilidad del primero de
- Con referencia a las SSCC SSCC 1365/2005-R de 31 de octubre, 0040/2007-R de 31 de
- Finalmente, resulta necesario aclarar que los Autos Supremos 152/2007 de 2 de febrero y 26
- En el segundo motivo, el recurrente denuncia errónea aplicación de la ley sustantiva, cometida por
- En virtud a lo señalado, es imprescindible que el recurso de casación sea formulado en
- En ese sentido, ingresando al análisis del motivo en concreto, es posible verificar que si
- Al margen de lo señalado, corresponde hacer notar al recurrente que la mera cita de
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
