Auto Supremo AS/0147/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0147/2017-RA

Fecha: 17-Mar-2017

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a) Por Sentencia 30/2016 de 10 de junio (fs. 417 a 430), el Tribunal Segundo de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, declaró a Gregorio Cruz Villca, culpable de la comisión del delito de Estafa, previsto y sancionado por el art. 335 del CP, imponiendo la pena de cuatro años de presidio y multa de cien días a razón de Bs. 1.- por día.

b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado Gregorio Cruz Villca, formuló recurso de apelación restringida (fs. 476 a 487), que fue resuelto por Auto de Vista 45/2016 de 27 de octubre, emitido por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, que declaró improcedente el recurso planteado y deliberando en el fondo, confirmó la Sentencia apelada