Por memorial presentado el 11 de mayo de 2016, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 183/2017-RA
Sucre, 20 de marzo de 2017
Expediente: Potosí 7/2017
Parte Acusadora: Ministerio Público y otro
Parte Imputada: Wilson Venegas Avendaño y otros
Delitos : Robo y otro
RESULTANDO
Por memorial presentado el 11 de mayo de 2016, cursante de fs. 2634 a 2645, Wilson Venegas Avendaño, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 14/2016 de 11 de abril de fs. 2568 a 2581 vta., pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público, el Ministerio de Culturas y el Gobierno Autónomo Municipal de Potosí, contra Mercedes Ramírez Gumiel, Pedro Yucra Maturano, Marcela Elizabeth Santillán Subieta, Hugo La Fuente Copa y el recurrente, por la presunta comisión de los delitos de Robo y Robo Agravado, previstos y sancionados por los arts. 331 y 332 inc. 2) del Código Penal (CP), respectivamente
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 183/2017-RA
Sucre, 20 de marzo de 2017
Expediente: Potosí 7/2017
Parte Acusadora: Ministerio Público y otro
Parte Imputada: Wilson Venegas Avendaño y otros
Delitos : Robo y otro
RESULTANDO
Por memorial presentado el 11 de mayo de 2016, cursante de fs. 2634 a 2645, Wilson Venegas Avendaño, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 14/2016 de 11 de abril de fs. 2568 a 2581 vta., pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público, el Ministerio de Culturas y el Gobierno Autónomo Municipal de Potosí, contra Mercedes Ramírez Gumiel, Pedro Yucra Maturano, Marcela Elizabeth Santillán Subieta, Hugo La Fuente Copa y el recurrente, por la presunta comisión de los delitos de Robo y Robo Agravado, previstos y sancionados por los arts. 331 y 332 inc. 2) del Código Penal (CP), respectivamente
- Por memorial presentado el 11 de mayo de 2016, cursante de fs
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2) Denuncia la violación del derecho a la seguridad jurídica y al principio de certeza
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En el primer motivo, el recurrente denuncia la vulneración del debido proceso en su vertiente
- A través del segundo motivo, el recurrente denuncia la violación del derecho a la seguridad
- Por último en el tercer motivo, el recurrente denuncia la vulneración del derecho al Juez
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
