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    Auto Supremo AS/0190/2017
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0190/2017

    Fecha: 01-Mar-2017

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    • Partes: Mario Velásquez García c/ Cristóbal Pérez Morales y Antonia García Ayala
    • Proceso: Cumplimiento de obligación más resarcimiento de daños y perjuicios
    • Distrito: Santa Cruz
    • I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
    • Del contenido del recurso de casación se extraen los siguientes reclamos
    • 3
    • 4
    • 5
    • III. DOCTRINA APLICABLE AL CASO
    • Conforme el art
    • Por otra parte el art
    • III.2.- Sobre la improponibilidad objetiva de la pretensión
    • Para el entendimiento de la improponibilidad objetiva de la pretensión, citaremos al Auto Supremo 73/2011
    • Para lograr desentrañar adecuadamente el poder que ejerce el Juez frente a la interposición de
    • En el primer caso, una vez deducida una determinada pretensión el Juez no queda Automáticamente
    • Ahora bien, una vez comprobada por el Juez la concurrencia de los presupuestos procesales y
    • Respecto de las condiciones de fundabilidad, el Autor argentino Peyrano señala que "Presentada la demanda
    • El concepto de "improponibilidad", fue postulado por Morello y Berizonce, en un trabajo llamado "improponibilidad
    • Este es la teoría de la improponibilidad objetiva de una pretensión
    • IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
    • En el caso que nos ocupa Mario Velásquez García demanda en la vía ordinaria cumplimiento
    • Tramitado el proceso el Juez de la causa pronunció Sentencia Nº 30/2014, de fecha 7
    • Descritos los antecedentes, y conforme lo referimos en la doctrina aplicable referidos a la
    • Por lo expuesto corresponde emitir Resolución en la forma prevista en el art
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
    • Sin responsabilidad por ser excusable el error incurrido
    • De conformidad a lo previsto en el art
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán.

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