Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0190/2017
Fecha: 01-Mar-2017
Distrito: Santa Cruz
Distrito: Santa Cruz
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Partes: Mario Velásquez García c/ Cristóbal Pérez Morales y Antonia García Ayala
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Proceso: Cumplimiento de obligación más resarcimiento de daños y perjuicios
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Distrito: Santa Cruz
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I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
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Del contenido del recurso de casación se extraen los siguientes reclamos
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III. DOCTRINA APLICABLE AL CASO
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Conforme el art
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Por otra parte el art
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III.2.- Sobre la improponibilidad objetiva de la pretensión
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Para el entendimiento de la improponibilidad objetiva de la pretensión, citaremos al Auto Supremo 73/2011
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Para lograr desentrañar adecuadamente el poder que ejerce el Juez frente a la interposición de
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En el primer caso, una vez deducida una determinada pretensión el Juez no queda Automáticamente
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Ahora bien, una vez comprobada por el Juez la concurrencia de los presupuestos procesales y
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Respecto de las condiciones de fundabilidad, el Autor argentino Peyrano señala que "Presentada la demanda
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El concepto de "improponibilidad", fue postulado por Morello y Berizonce, en un trabajo llamado "improponibilidad
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Este es la teoría de la improponibilidad objetiva de una pretensión
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IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
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En el caso que nos ocupa Mario Velásquez García demanda en la vía ordinaria cumplimiento
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Tramitado el proceso el Juez de la causa pronunció Sentencia Nº 30/2014, de fecha 7
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Descritos los antecedentes, y conforme lo referimos en la doctrina aplicable referidos a la
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Por lo expuesto corresponde emitir Resolución en la forma prevista en el art
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POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
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Sin responsabilidad por ser excusable el error incurrido
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De conformidad a lo previsto en el art
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Regístrese, comuníquese y devuélvase
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Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán.
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