Auto Supremo AS/0192/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0192/2017-RA

Fecha: 20-Mar-2017

determinan los arts


Señalan también que al haberse establecido que lo dispuesto por los Jueces de la causa fue correcto y que no existía inobservancia y errónea aplicación de la ley sustantiva, se contradijo los Autos Supremos 064/2012-RRC de 19 de abril, 191/2013-RRC de 22 de julio y 97/2006 de 6 de marzo.

III. REQUISITOS QUE HACEN VIABLE LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN

El art. 180.II de la CPE, garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, que se constituye a su vez en una garantía judicial conforme lo
determinan los arts. 8.2 inc. h) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 14.5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; debiendo los sujetos procesales, a tiempo de interponer los distintos recursos que la norma adjetiva prevé, observar las condiciones de tiempo y forma establecidas por la ley conforme la disposición contenida en el art. 396 inc. 3) del CPP