Auto Supremo AS/0207/2017-RI
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0207/2017-RI

Fecha: 08-Mar-2017

Por otra parte, el art. 17 del mismo cuerpo normativo establece

Por otra parte, el art. 17 del mismo cuerpo normativo establece:
II. “En grado de apelación, casación o nulidad, los tribunales deberán pronunciarse sólo sobre aquellos aspectos solicitados en los recursos interpuestos”