Auto Supremo AS/0221/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0221/2017-RRC

Fecha: 21-Mar-2017

La situación particular que presenta el caso y una vez advertida la posible situación defectuosa


La situación particular que presenta el caso y una vez advertida la posible situación defectuosa que podría afectar al Auto de Vista impugnado, amerita analizar objetivamente respecto de la existencia de un efectivo y evidente agravio a los intereses de la parte que los reclama; en tal caso, resalta el hecho de que los recurrentes de casación, no interpusieron recurso de apelación restringida y lógicamente, no expresaron ningún agravio cuya respuesta puedan atribuir al Tribunal de alzada de ser carente de motivación o fundamentación; asimismo, la falta de fundamentación que alegan de no ser clara, completa y lógica, expresada de manera general sin mayores precisiones, no proporcionan un fundamento claro que evidencie que de esta respuesta del Tribunal de alzada les hubiere generado una situación de evidente agravio a sus intereses o vulnerado de manera efectiva algún derecho o garantía constitucional debidamente fundamentado, ya que al aludir falta de fundamentación en la que hubiese incurrido el Tribunal de apelación, la parte recurrente de casación, debía haber precisado qué aspecto o aspectos de su recurso de apelación no mereció o merecieron debida fundamentación u omisión de respuesta, identificar punto por punto los errores, omisiones y demás deficiencias, atribuidas a la resolución recurrida, con la debida motivación y fundamentación y explicar la relevancia e incidencia de esa omisión, a los fines de que este Tribunal cuente con los elementos suficientes para verificar si efectivamente se produjo el agravio denunciado, que al haberse limitado a realizar una denuncia genérica sin cumplir los presupuestos mencionados, resultan legalmente insustentables, que conlleva a asumir que el supuesto acto omisivo del Tribunal de alzada no les alcanza en sus efectos, por lo mismo no se encuentran en condiciones de impugnar en la forma impetrada una respuesta a una cuestionante o motivo que fue alegado con evidente, falta de legitimación activa para la activación del motivo denunciado, sin que ello importe desconocer sus derechos que como sujeto procesal, se encuentra garantizado por ley respecto de su participación en todas la etapas del procedimiento, en particular del uso de los recursos legalmente concedidos