Auto Supremo AS/0221/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0221/2017-RRC

Fecha: 21-Mar-2017

Que entre los fundamentos que expresa la Sentencia, se advierte que el juzgador ha referido


Que entre los fundamentos que expresa la Sentencia, se advierte que el juzgador ha referido que de la revisión del pliego acusatorio al haberse demostrado la existencia del hecho y la participación de la imputada en el mismo, al ofrecer un tratamiento para adictos mediante la inserción cutánea con DEPOT, formar parte de la fundación Abel Elías Mendizábal, habiendo la víctimas acudido a este programa cuyo tratamiento les produjo una serie de daños en su integridad física, que de acuerdo con la tarjeta de presentación la imputada es parte de la fundación que prestaba servicios en el ámbito de la Psicología, que de la documentación acumulada se demuestra que la fundación no cuenta con licencia de funcionamiento y que la misma había sido clausurada, que sin ser médico de profesión se dedicaba a realizar este tipo de tratamientos, utilizando fármacos de dudosa procedencia, presentándose los elementos constitutivos de los tipos penales acusados