Auto Supremo AS/0227/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0227/2017-RRC

Fecha: 21-Mar-2017

Por Sentencia 33/2015 de 30 de septiembre, el Juez Segundo de Sentencia en lo Penal


Por Sentencia 33/2015 de 30 de septiembre, el Juez Segundo de Sentencia en lo Penal del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, declaró a Limberth Jacinto Mancilla Pérez, culpable por los delitos de Lesiones Graves y Leves; y, Violencia Familiar o Doméstica, previstos y sancionados por los arts. 271 primer párrafo y 272 Bis inc. 1) del CP, de acuerdo a los siguientes fundamentos:

Como hechos motivo del proceso penal se tiene que el 29 de septiembre de 2013, aproximadamente a las 02:30 de la madrugada dentro del inmueble ubicado en la calle Bacovick, Aroma y Villarroel, hubiese sido agredida la víctima por golpes de puño en su rostro efectuadas por su pareja sentimental Limberth Jacinto Mancilla Pérez, provocándole lesiones físicas, que valoradas por el médico forense se hubiese establecido un impedimento legal de veintidós días.

Una vez producida la prueba, se tuvo como hechos probados, que: i) Por certificación médico forense, se concluyó que María Elena Espinoza Coque, a raíz de una agresión física presentaba a momento del examen físico, lesión en su integridad física derivando en un impedimento legal de 22 días; ii) De los testimonios y documentales de cargo se concluyó que en la madrugada del 29 de septiembre de 2013, María Elena Espinoza Colque fue víctima de violencia física, de parte de su entonces pareja sentimental Limberth Jacinto Mancilla Pérez; y, iii) Por documental MP-8 y los testimonios de cargo, se estableció que María Elena Espinoza Colque, fue víctima de violencia psicológica de parte de su compañero sentimental Limberth Jacinto Mancilla Pérez