b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado José Gustavo Medina Aiza (fs
b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado José Gustavo Medina Aiza (fs. 132 a 137), interpuso recurso de apelación restringida, que previo memorial de subsanación (fs. 157 a 162 vta.), fue resuelto por Auto de Vista 30/2016 de 5 de julio, dictado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, que declaró improcedente el recurso y confirmó la Sentencia pronunciada, motivando la interposición del recurso de casación
- Por memorial presentado el 25 de agosto de 2016, cursante de fs
- a) Por Sentencia 6/2015 de 30 de junio (fs
- b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado José Gustavo Medina Aiza (fs
- Del memorial del recurso de casación y del Auto Supremo 828/2016-RA de 21 de octubre,
- I.1.2. Petitorio
- El recurrente solicita se deje sin efecto “la Sentencia”, disponiéndose el reenvío de la causa
- I.2. Admisión del recurso
- Mediante Auto Supremo 828/2016-RA de 21 de octubre, cursante de fs
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación se concluye lo siguiente
- Por Sentencia 6/2015 de 30 de junio, el Tribunal Segundo de Sentencia del Tribunal Departamental
- Contra la referida Sentencia, el imputado formuló recurso de apelación restringida, que es desarrollada sólo
- II.3. Del Auto de Vista impugnado
- Mediante el Auto de Vista recurrido de casación, la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental
- Este Tribunal admitió el recurso del imputado ante la denuncia del imputado de fundamentación que
- III.1. Toda resolución judicial debe encontrarse debidamente fundamentada y motivada
- En coherencia con las normas constitucionales citadas y la doctrina descrita, el legislador a partir
- III.2. Análisis del caso concreto
- Al respecto, el Auto de Vista efectivamente responde a esta denuncia conforme establece el art
- En consecuencia, el Auto de Vista de manera fundamentada y motivada, constató correctamente que la
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
