Auto Supremo AS/0231/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0231/2017-RRC

Fecha: 21-Mar-2017

Respecto de los precedentes invocados se aclara que los dos primeros no serán motivo de


Respecto de los precedentes invocados se aclara que los dos primeros no serán motivo de contraste en virtud a que no cuentan con la similitud de orden factico, pues en estos desarrollan aspectos que no son parte de la problemática a resolver en el presente caso, es decir si la persecución penal es de ultima ratio. En el caso del Auto Supremo 221 de 7 de junio de 2006 se advierte una base suficiente que permite ingresar a verificar si evidentemente existe la contradicción alegada