Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0233/2017-RRC
Fecha: 21-Mar-2017
I.1.2. Petitorio
I.1.2. Petitorio
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Por memorial presentado el 13 de septiembre de 2016, cursante de fs
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I.1. Antecedentes
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a) Por Sentencia 6 de 25 de abril de 2016 (fs
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b) Contra la referida Sentencia, la imputada Ivonnet Patricia Hidalgo Leniz interpuso recurso de apelación
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I.1.1. Motivo del recurso de casación
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Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 875/2016-RA de 7 de noviembre,
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La recurrente denuncia que el Auto de Vista recurrido, no tomó en cuenta la violación
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Añade, que habiendo sido declarada culpable del delito de Estelionato, donde su persona en uso
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Finalmente, refiere que las medidas no fueron claramente descritas, ya que deberían cumplirse cada quince
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I.1.2. Petitorio
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I.2. Admisión del recurso
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De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación y establecido el ámbito de
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i) En procedimiento abreviado la imputada reconoció la existencia del hecho acusado y haber participado
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ii) Se advierte la renuncia voluntaria al juicio oral, público y contradictorio estando plenamente estar
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iii) Admite la culpabilidad de forma libre espontánea en la comisión del delito de Estelionato,
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iv) Se probó el hecho acusado en grado de autoría de la imputada; es decir,
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II.2. De la apelación restringida de la imputada
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Notificada la parte imputada, interpone recurso de apelación restringida contra la Sentencia pronunciada, con los
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2) Refiere la finalidad de las alternativas a la excarcelación y las reglas impuestas con
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3) Exceso por pertinencia, porque fue declarada culpable sin la mención de
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6) Falta de fundamentación, porque la Sentencia no dice porque se impuso tal o cual
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7) Imprecisión porque las medidas no están claramente descritas, se dice que deben cumplirse cada
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a) Las reglas determinadas para la Sentencia y el cumplimiento del beneficio otorgado, se imponen
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c) Las condiciones impuestas que infiere serían punitivas por inmovilizarla en la ciudad y que
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En el presente recurso de casación, el recurrente denuncia que el Tribunal de alzada incurrió
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III.1. Requisitos que debe cumplir el precedente contradictorio
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Siendo el recurso de casación un mecanismo que busca otorgar a los ciudadanos la posibilidad
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De lo anterior se establece que únicamente son recurribles en casación, aquellos Autos de Vista
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Refiriéndose a la labor de contraste que debe realizar este Tribunal, el Auto Supremo 219/2014-RRC
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En el caso que este Tribunal llegue a determinar la existencia de la contradicción señalada
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Bajo esa línea, la legislación nacional dentro del tercer párrafo del art
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De ello se concluye que el requisito de invocar un precedente contradictorio dentro del sistema
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Con relación al único motivo, en el que la recurrente denunció que el Tribunal de
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En consecuencia, se puede apreciar que desde ninguna perspectiva existe la posibilidad de condicionar el
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La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en aplicación de lo previsto por el
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Regístrese, hágase saber y devuélvase
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Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
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