II. DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
II. DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN:
Refiere como los antecedentes y el contenido del art. 568-I del Código Civil, que en sujeción a ello plantearía la demanda por no haber recibido la documentación, pero de la lectura del contrato en su cláusula segunda punto 3 el fundo rústico México estaría condicionado a crédito, que hasta que no termine de cancelar, motivo por el cual se le habría iniciado el proceso ejecutivo, que no habría cumplido la mencionada cláusula, señalando al proceso de cobro de dineros. Que la A Quo reconoce el incumplimiento de la parte demandante, y se interroga si uno de los requisitos del art. 568-I es el cumplimiento, que el fundo referido estaba a crédito. Cuestiona el razonamiento del Ad quem respecto a la no entrega de títulos y que esto no fuera impedimento para la procedencia de la demanda. Acusa de haberse aplicado e interpretado de manera errónea el art. 568-I del Código Civil, y ante su incumplimiento del contrato en la cláusula señalada no podría demandar el cumplimiento o resolución del contrato objeto de litis. Que se demostró su incumplimiento por medio del proceso ejecutivo
Refiere como los antecedentes y el contenido del art. 568-I del Código Civil, que en sujeción a ello plantearía la demanda por no haber recibido la documentación, pero de la lectura del contrato en su cláusula segunda punto 3 el fundo rústico México estaría condicionado a crédito, que hasta que no termine de cancelar, motivo por el cual se le habría iniciado el proceso ejecutivo, que no habría cumplido la mencionada cláusula, señalando al proceso de cobro de dineros. Que la A Quo reconoce el incumplimiento de la parte demandante, y se interroga si uno de los requisitos del art. 568-I es el cumplimiento, que el fundo referido estaba a crédito. Cuestiona el razonamiento del Ad quem respecto a la no entrega de títulos y que esto no fuera impedimento para la procedencia de la demanda. Acusa de haberse aplicado e interpretado de manera errónea el art. 568-I del Código Civil, y ante su incumplimiento del contrato en la cláusula señalada no podría demandar el cumplimiento o resolución del contrato objeto de litis. Que se demostró su incumplimiento por medio del proceso ejecutivo
- Proceso: Resolución de Contrato
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Resolución que fue apelada por Lee Erick Hillman Pedraza por la Gobernación del Departamento del
- Por otra parte dice, de la prueba analizada en Sentencia no existió la entrega de
- II. DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Que interpone recurso de casación en el fondo en sujeción a lo establecido por el
- Acusa de mediocridad y falta de ética profesional ya que los argumentos de apelación fueran
- Por lo anterior señala que se emitirá pronunciamiento por el improcedente e infundado el recurso
- III. DOCTRINA APLICABLE AL CASO
- Se tiene lo desarrollado en el Auto Supremo No
- Se debe considerar además lo sostenido entre otros muchos, el Auto Supremo No
- En efecto, a través del recurso de casación en el fondo lo que se pretende
- IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Aun de la falta de precisión de esa conclusión induce a entender que el actuar
- En ese antecedente se tiene que sin embargo de referir al art
- En razón a la distinta naturaleza de uno y otro recurso, la finalidad que pretenden
- A mayor abundamiento debe considerarse que cuando el recurso de casación se interpone en el
- De lo manifestado precedentemente se concluye que el recurso de casación en el fondo y
- Bajo esas consideraciones corresponde emitir Resolución por el improcedente, debiendo la parte actora estar a
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
