Auto Supremo AS/0255/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0255/2017

Fecha: 09-Mar-2017

Lo que la parte recurrente debe entender cuando cuestiona la presunta inexistencia de identidad del

Lo que la parte recurrente debe entender cuando cuestiona la presunta inexistencia de identidad del objeto reclamado por los reconvencionistas y el detentado por el demandado, concluyendo desde su perspectiva que no procedería la reivindicación, habrá que remitirse a lo previsto por los arts. 105 y 1453 del Código Civil cuando la primera señala que las características de la propiedad como poder jurídico que permite usar, gozar y disponer de una cosa, autorizando en su segunda parte al propietario de la “cosa” de manos de un tercero y ejercer las acciones en defensa de su propiedad, norma que tiene estrecha vinculación con lo previsto por el segundo artículo nombrado, el hecho que en la demanda se haya señalado que realizaron la compra de un lote de terreno, de ninguna manera imposibilita o desnaturaliza el entendimiento de que se pretende reivindicar la posesión de la “cosa” entendido cabalmente en toda su extensión como “bien inmueble” por las propias actoras como se explicó en el punto anterior. Por lo anterior, la discusión respecto al tema y la pretensión de encontrar falta de identidad entre el objeto reclamado y el detentado por las actoras, no tiene ningún sustento