Auto Supremo AS/0315/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0315/2017

Fecha: 27-Mar-2017

II

II.- Los plazos transcurrirán en forma ininterrumpida, salvo disposición contraria. Se exceptúan los plazos cuya duración no exceda de quince días, los cuales solo se computaran los días hábiles. En el Cómputo de los plazos que excedan los quince días se computaran los días hábiles y los inhábiles