Auto Supremo AS/0123/2017-I
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0123/2017-I

Fecha: 04-Abr-2017

En ese entendido, se tiene que los tribunales de alzada, en la interposición de todo

En ese entendido, se tiene que los tribunales de alzada, en la interposición de todo recurso de casación, entre otros requisitos, deben observar el cómputo de los plazos señalados a efecto de hacer valer los derechos de las partes. Específicamente en el caso de autos, el plazo fatal e improrrogable establecido por el art. 210 del Código Procesal del Trabajo, para la interposición del recurso de casación que es de ocho días computables desde su notificación al recurrente con el Auto de Vista