Auto Supremo AS/0265/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0265/2017-RRC

Fecha: 17-Abr-2017

Con los hechos descritos, realizado el juicio oral, público y contradictorio una vez introducida las


Con los hechos descritos, realizado el juicio oral, público y contradictorio una vez introducida las pruebas de cargo, se tuvo como hechos no acreditados y que sustentaron la sentencia absolutoria, los siguientes: i) Los acusados hayan incurrido en actos irregulares de apropiarse de títulos y valores que se encontraban bajo su custodia o hacer mal uso de los caudales de dineros que administraban; ii) La maquinaria que se encontraba a cargo de la empresa EMMU, los acusados hayan podido provocar el desmantelamiento, la inoperancia o destrucción de los mismos en el tiempo que les tocó administrar desde el año 2000 a marzo del 2005; iii) Las obras entregadas en la gestión 2000 a 2005 sean de manera provisional o definitiva, hayan sido construidas, edificadas de una manera deficiente y que por ello se ha dado lugar a la demolición de las mismas; iv) No se ha probado que los acusados en la emisión de los diferentes cheques que salían de la cuenta bancaria de EMMU, hayan procedido a una entrega irregular por concepto de fondos de avance y que los mismos hayan sido dados por obras no ejecutadas; v) “No se ha probado que en los informes de auditoría el número de dos (nos referimos a los Ingresos y Egresos de EMMU y la Técnica referente a la ejecución de obras), realizadas por el G.M.E.A. y otros dos informes externos de auditoria realizas por la contraloría General de la República, los acusados no presentaron documentos de descargo de gastos efectuado en su administración por un monto aproximado de 2´966.000.- Bs. así como sobre la emisión de cheques por Bs. 1´612.035.-“ (sic); y, vi) Los acusados cuando cumplían las funciones de Gerente General, Gerente Técnico, Director Financiero y Coordinador de Gerencia General hayan actuado de manera discrecional en el manejo de los recursos que el EMMU recibía del G.M.E.A