Auto Supremo AS/0265/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0265/2017-RRC

Fecha: 17-Abr-2017

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art


Finalmente, en cuanto al tercer agravio referido a que el Auto de Vista recurrido no se habría pronunciado sobre la violación del principio de continuidad, ese aspecto ya fue resuelto a tiempo de considerar el primer motivo del recurso de casación, estableciéndose efectivamente que el Tribunal de alzada omitió un pronunciamiento a la problemática planteada incurriendo en contradicción con el precedente contradictorio invocado.

POR TANTO

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art. 42.I.1 de la LOJ y lo previsto por el art. 419 del CPP, declara FUNDADO el recurso de casación interpuesto por el Gobierno Autónomo Municipal de El Alto, con los fundamentos expuestos precedentemente y en aplicación del art. 419 del CPP, DEJA SIN EFECTO el Auto de Vista 57/2015 de 28 de agosto, disponiendo que la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, previo sorteo y sin espera de turno, pronuncie un nuevo Auto de Vista en conformidad a la doctrina legal establecida en la presente Resolución