Auto Supremo AS/0287/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0287/2017-RRC

Fecha: 18-Abr-2017

En el presente recurso la recurrente alega que el Auto de Vista recurrido, no hubiera


III. VERIFICACIÓN DE LA EXISTENCIA DE CONTRADICCIÓN CON EL PRECEDENTE INVOCADO

En el presente recurso la recurrente alega que el Auto de Vista recurrido, no hubiera efectuado el control sobre la denuncia de defectuosa valoración de la prueba, bajo el argumento de que en su recurso de apelación restringida, no habría señalado el agravio, las leyes violadas o erróneamente aplicadas, o cuál el agravio y la prueba que supuestamente fue erróneamente valorada, argumento que sería falso, por cuanto, a decir de la recurrente, su recurso hubiese cumplido con todos los aspectos extrañados, indicando que señaló que la prueba erróneamente valorada fue su propia declaración, que las leyes consideró violadas serían los arts. 169 inc. 3) 173, 359 y 370 inc. 6) del CPP y que la aplicación que pretendía, era el cumplimiento del art. 413 del CPP, invocando como precedente contradictorio el Auto Supremo 171/2012-RRC de 24 de julio