a) Expresa: Porque el juez, no puede suplirla por una remisión a otros actos, o
a) Expresa: Porque el juez, no puede suplirla por una remisión a otros actos, o a las constancias del proceso, o reemplazarlas por una alusión de la prueba. La ley exige que el juzgador consigne las razones que determinan la condena o a la absolución, expresando sus propias argumentaciones de modo que sea controlable el iter lógico seguido por él, para arribar a la conclusión
- Por memorial presentado el 16 de septiembre de 2016, cursante de fs
- I.1. Antecedentes
- b)Contra la referida Sentencia, el imputado Shamir Tapia Céspedes interpuso recurso de apelación restringida (fs
- Del memorial del recurso de casación y del Auto Supremo de admisión 878/2016-RA de 8
- El recurrente denuncia que el Auto de Vista recurrido incurrió en falta de fundamentación respecto
- I.1.2. Petitorio
- El recurrente solicita se anule el Auto de Vista impugnado
- I.2. Admisión del recurso
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación se concluye lo siguiente
- 2)Se concluye que el imputado ingresó en primera instancia al terreno con consentimiento de la
- Contra la referida Sentencia, el imputado Shamir Tapia Céspedes formuló recurso de apelación restringida, que
- II.3. Auto de Vista impugnado
- No es evidente la falta de fundamentación que alega el recurrente, porque el Juez de
- La parte recurrente invoca el Auto Supremo 319/2012 de 4 de diciembre, pronunciado dentro de
- También invocó el Auto Supremo 342 de 28 de agosto de 2006, que fue pronunciado
- a) Expresa: Porque el juez, no puede suplirla por una remisión a otros actos, o
- c) Completa: La exigencia comprende a todas las cuestiones fundamentales de la causa y a
- Esto no implica que los hechos secundarios queden excluidos; la obligación de motivar alcanza también
- La motivación, para ser completa, debe referirse al hecho y al derecho, valorando las pruebas
- d) Legítima: La legitimidad de la motivación se refiere tanto a la validez intrínseca de
- III.2. Análisis del caso concreto
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
