Por memorial presentado el 16 de septiembre de 2016, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 289/2017-RRC
Sucre, 18 de abril de 2017
Expediente : Santa Cruz 97/2016
Parte Acusadora : Wilma Ibáñez Bazán y otra
Parte Imputada : José David Tapia Ibáñez y otros
Delitos : Despojo y otro
Magistrada Relatora : Dra. Norka Natalia Mercado Guzmán
RESULTANDO
Por memorial presentado el 16 de septiembre de 2016, cursante de fs. 493 a 495 vta., Shamir Tapia Céspedes, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 39 de 15 de julio de 2016, de fs. 474 a 477 y su Auto de Explicación 245 de 11 de agosto de 2016, de fs. 483 a 484 vta., pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, integrada por los vocales Mirael Salguero Palma y Victoriano Morón Cuellar, dentro del proceso penal seguido por Wilma Ibáñez Bazán de Montaño y Soledad Ibáñez Bazán de Justiniano contra José David Tapia Ibáñez, Daniel Tapia Céspedes, Fausto Tapia Céspedes y la parte recurrente, por la presunta comisión de los delitos de Despojo y Alteración de Linderos, previstos y sancionados por los arts. 351 y 352 del Código Penal (CP), respectivamente
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 289/2017-RRC
Sucre, 18 de abril de 2017
Expediente : Santa Cruz 97/2016
Parte Acusadora : Wilma Ibáñez Bazán y otra
Parte Imputada : José David Tapia Ibáñez y otros
Delitos : Despojo y otro
Magistrada Relatora : Dra. Norka Natalia Mercado Guzmán
RESULTANDO
Por memorial presentado el 16 de septiembre de 2016, cursante de fs. 493 a 495 vta., Shamir Tapia Céspedes, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 39 de 15 de julio de 2016, de fs. 474 a 477 y su Auto de Explicación 245 de 11 de agosto de 2016, de fs. 483 a 484 vta., pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, integrada por los vocales Mirael Salguero Palma y Victoriano Morón Cuellar, dentro del proceso penal seguido por Wilma Ibáñez Bazán de Montaño y Soledad Ibáñez Bazán de Justiniano contra José David Tapia Ibáñez, Daniel Tapia Céspedes, Fausto Tapia Céspedes y la parte recurrente, por la presunta comisión de los delitos de Despojo y Alteración de Linderos, previstos y sancionados por los arts. 351 y 352 del Código Penal (CP), respectivamente
- Por memorial presentado el 16 de septiembre de 2016, cursante de fs
- I.1. Antecedentes
- b)Contra la referida Sentencia, el imputado Shamir Tapia Céspedes interpuso recurso de apelación restringida (fs
- Del memorial del recurso de casación y del Auto Supremo de admisión 878/2016-RA de 8
- El recurrente denuncia que el Auto de Vista recurrido incurrió en falta de fundamentación respecto
- I.1.2. Petitorio
- El recurrente solicita se anule el Auto de Vista impugnado
- I.2. Admisión del recurso
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación se concluye lo siguiente
- 2)Se concluye que el imputado ingresó en primera instancia al terreno con consentimiento de la
- Contra la referida Sentencia, el imputado Shamir Tapia Céspedes formuló recurso de apelación restringida, que
- II.3. Auto de Vista impugnado
- No es evidente la falta de fundamentación que alega el recurrente, porque el Juez de
- La parte recurrente invoca el Auto Supremo 319/2012 de 4 de diciembre, pronunciado dentro de
- También invocó el Auto Supremo 342 de 28 de agosto de 2006, que fue pronunciado
- a) Expresa: Porque el juez, no puede suplirla por una remisión a otros actos, o
- c) Completa: La exigencia comprende a todas las cuestiones fundamentales de la causa y a
- Esto no implica que los hechos secundarios queden excluidos; la obligación de motivar alcanza también
- La motivación, para ser completa, debe referirse al hecho y al derecho, valorando las pruebas
- d) Legítima: La legitimidad de la motivación se refiere tanto a la validez intrínseca de
- III.2. Análisis del caso concreto
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
