Contra la referida Sentencia, el imputado Shamir Tapia Céspedes formuló recurso de apelación restringida, que
3)Conforme a las pruebas documentales y testificales, el Juez le asigna la suficiente consistencia y credibilidad a dichas pruebas, por lo que, se demuestra y se tiene como hecho probado que el imputado Shamir Tápia Céspedes cometió el hecho ilícito, expulsando de forma violenta a las querellantes de su terreno, inclusive bajo amenazas de muerte, ya que los móviles, motivos y circunstancias a realizar el iter criminis, era para apoderarse de la totalidad del terreno pasando por encima de los derechos de los propietarios; el imputado Shamir Tapia Céspedes construyó una habitación para su padre, con el material de la casa que derrumbó con sus hermanos, con el ánimo de apropiarse del terreno, tal circunstancia se verificó en la inspección judicial.
Que de acuerdo a la descripción típica del delito de Despojo, previsto y sancionado por el art. 351 del CP, se tiene tres formas de comisión: 1) Invadiendo el inmueble; 2) Expulsando a los ocupantes, y 3) Manteniéndose en él; ahora bien, aunque el Juez no lo diga de manera expresa, de la valoración de la prueba que se realizó se extrae que es la tercera forma que se adecúa al comportamiento del querellado. La posesión se ha vuelto ilícita cuando se niega salir del inmueble.
II.2. De la apelación restringida.
Contra la referida Sentencia, el imputado Shamir Tapia Céspedes formuló recurso de apelación restringida, que es desarrollada sólo en cuanto a lo atinente a los agravios traídos en casación:
Con referencia a la falta de fundamentación de la Sentencia (art. 370 incs. 5 y 6 del CPP), señala que dicha Resolución adolece de motivación al no contener fundamentos de hecho, menos aún de derecho respecto a la subsunción de los elementos normativos y descriptivos de la conducta con relación a los supuestos hechos, sin individualizar cuáles fueron las pruebas de cargo que le llevaron al convencimiento de su culpabilidad, es decir, sólo existirían apreciaciones subjetivas
- Por memorial presentado el 16 de septiembre de 2016, cursante de fs
- I.1. Antecedentes
- b)Contra la referida Sentencia, el imputado Shamir Tapia Céspedes interpuso recurso de apelación restringida (fs
- Del memorial del recurso de casación y del Auto Supremo de admisión 878/2016-RA de 8
- El recurrente denuncia que el Auto de Vista recurrido incurrió en falta de fundamentación respecto
- I.1.2. Petitorio
- El recurrente solicita se anule el Auto de Vista impugnado
- I.2. Admisión del recurso
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación se concluye lo siguiente
- 2)Se concluye que el imputado ingresó en primera instancia al terreno con consentimiento de la
- Contra la referida Sentencia, el imputado Shamir Tapia Céspedes formuló recurso de apelación restringida, que
- II.3. Auto de Vista impugnado
- No es evidente la falta de fundamentación que alega el recurrente, porque el Juez de
- La parte recurrente invoca el Auto Supremo 319/2012 de 4 de diciembre, pronunciado dentro de
- También invocó el Auto Supremo 342 de 28 de agosto de 2006, que fue pronunciado
- a) Expresa: Porque el juez, no puede suplirla por una remisión a otros actos, o
- c) Completa: La exigencia comprende a todas las cuestiones fundamentales de la causa y a
- Esto no implica que los hechos secundarios queden excluidos; la obligación de motivar alcanza también
- La motivación, para ser completa, debe referirse al hecho y al derecho, valorando las pruebas
- d) Legítima: La legitimidad de la motivación se refiere tanto a la validez intrínseca de
- III.2. Análisis del caso concreto
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
