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    Auto Supremo AS/0299/2017-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0299/2017-RRC

    Fecha: 20-Abr-2017

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 8 de noviembre de 2016, cursante de fs
    • I.1. Antecedentes
    • I.1.1. Motivo del recurso de casación
    • Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 28/2017-RA de 20 de enero,
    • La recurrente denuncia que el Tribunal de apelación a tiempo de reducir el quantum de
    • I.1.2. Petitorio
    • La recurrente solicita se revoque el Auto de Vista, solamente en cuanto al séptimo motivo
    • I.2. Admisión del recurso
    • De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación y establecido el ámbito de
    • i)De acuerdo a los hechos probados basados en los medios de prueba analizados en la
    • ii)Se analizó que la imputada es una persona joven y profesional, tiene capacidades para comprender
    • II.2. De la apelación restringida de la imputada
    • Aclarando el Tribunal de alzada que este defecto si bien hace a la procedencia del
    • III.1. Requisitos que debe cumplir el precedente contradictorio
    • Siendo el recurso de casación un mecanismo que busca otorgar a los ciudadanos la posibilidad
    • De lo anterior, se establece que únicamente son recurribles en casación, aquellos Autos de Vista
    • resolución de aquel recurso dos supuestos, a saber: ‘Si existe contradicción la resolución establecerá la
    • En el caso que este Tribunal llegue a determinar la existencia de la contradicción señalada
    • Bajo esa línea, la legislación nacional dentro del tercer párrafo del art
    • De ello se concluye que el requisito de invocar un precedente contradictorio dentro del sistema
    • III.2. Determinación de la pena y su control
    • En cuanto a la determinación de la pena y su correspondiente imposición, la normativa procesal
    • Sobre la temática, este Tribunal de Justicia, desarrolló entendimientos y doctrina legal que permite comprender
    • La doctrina internacional con autores como Eugenio Raúl Zafaroni en su obra Manual de Derecho
    • Ahora bien, en lo que respecta a la primera etapa de individualización de la pena
    • III.3. Análisis del caso concreto
    • Con la finalidad de resolver la temática planteada y a los fines de verificar si
    • Al respecto, invocó como precedente contradictorio el Auto Supremo 38/2013-RRC de 18 de febrero, que
    • En este ámbito, el juez o tribunal que fija una pena tiene la obligación de
    • Sin embargo, la sola falta de arrepentimiento o confesión no puede valorarse para hacer más
    • b) La mayor o menor gravedad del hecho, que tiene que ver con lo previsto
    • c) Circunstancias y las consecuencias del delito, que también deben ser consideradas en el caso
    • Analizado el precedente, contrastado con el Auto de Vista impugnado se advierte que la temática
    • De ahí que, advirtió que el Tribunal de Sentencia no aplicó de manera correcta los
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en aplicación de lo previsto por el
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos

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