Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0299/2017-RRC
Fecha: 20-Abr-2017
I.1.2. Petitorio
I.1.2. Petitorio
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Por memorial presentado el 8 de noviembre de 2016, cursante de fs
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I.1. Antecedentes
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I.1.1. Motivo del recurso de casación
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Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 28/2017-RA de 20 de enero,
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La recurrente denuncia que el Tribunal de apelación a tiempo de reducir el quantum de
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I.1.2. Petitorio
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La recurrente solicita se revoque el Auto de Vista, solamente en cuanto al séptimo motivo
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I.2. Admisión del recurso
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De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación y establecido el ámbito de
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i)De acuerdo a los hechos probados basados en los medios de prueba analizados en la
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ii)Se analizó que la imputada es una persona joven y profesional, tiene capacidades para comprender
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II.2. De la apelación restringida de la imputada
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Aclarando el Tribunal de alzada que este defecto si bien hace a la procedencia del
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III.1. Requisitos que debe cumplir el precedente contradictorio
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Siendo el recurso de casación un mecanismo que busca otorgar a los ciudadanos la posibilidad
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De lo anterior, se establece que únicamente son recurribles en casación, aquellos Autos de Vista
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resolución de aquel recurso dos supuestos, a saber: ‘Si existe contradicción la resolución establecerá la
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En el caso que este Tribunal llegue a determinar la existencia de la contradicción señalada
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Bajo esa línea, la legislación nacional dentro del tercer párrafo del art
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De ello se concluye que el requisito de invocar un precedente contradictorio dentro del sistema
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III.2. Determinación de la pena y su control
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En cuanto a la determinación de la pena y su correspondiente imposición, la normativa procesal
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Sobre la temática, este Tribunal de Justicia, desarrolló entendimientos y doctrina legal que permite comprender
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La doctrina internacional con autores como Eugenio Raúl Zafaroni en su obra Manual de Derecho
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Ahora bien, en lo que respecta a la primera etapa de individualización de la pena
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III.3. Análisis del caso concreto
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Con la finalidad de resolver la temática planteada y a los fines de verificar si
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Al respecto, invocó como precedente contradictorio el Auto Supremo 38/2013-RRC de 18 de febrero, que
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En este ámbito, el juez o tribunal que fija una pena tiene la obligación de
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Sin embargo, la sola falta de arrepentimiento o confesión no puede valorarse para hacer más
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b) La mayor o menor gravedad del hecho, que tiene que ver con lo previsto
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c) Circunstancias y las consecuencias del delito, que también deben ser consideradas en el caso
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Analizado el precedente, contrastado con el Auto de Vista impugnado se advierte que la temática
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De ahí que, advirtió que el Tribunal de Sentencia no aplicó de manera correcta los
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La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en aplicación de lo previsto por el
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Regístrese, hágase saber y devuélvase
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Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
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