En cuanto a la determinación de la pena y su correspondiente imposición, la normativa procesal
En cuanto a la determinación de la pena y su correspondiente imposición, la normativa procesal penal señala que, cuando se emita Sentencia condenatoria (art. 365 del CPP), la autoridad sentenciadora debe fijar con precisión la sanción que corresponda; lo que implica, que la misma debe encontrarse debidamente fundamentada, tomando en cuenta, no sólo las atenuantes y agravantes que pudieran concurrir, sino también la finalidad de las sanciones privativas de libertad, que se encuentra descrita en el art. 118 parágrafo III de la Constitución Política del Estado (CPE)
- Por memorial presentado el 8 de noviembre de 2016, cursante de fs
- I.1. Antecedentes
- I.1.1. Motivo del recurso de casación
- Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 28/2017-RA de 20 de enero,
- La recurrente denuncia que el Tribunal de apelación a tiempo de reducir el quantum de
- I.1.2. Petitorio
- La recurrente solicita se revoque el Auto de Vista, solamente en cuanto al séptimo motivo
- I.2. Admisión del recurso
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación y establecido el ámbito de
- i)De acuerdo a los hechos probados basados en los medios de prueba analizados en la
- ii)Se analizó que la imputada es una persona joven y profesional, tiene capacidades para comprender
- II.2. De la apelación restringida de la imputada
- Aclarando el Tribunal de alzada que este defecto si bien hace a la procedencia del
- III.1. Requisitos que debe cumplir el precedente contradictorio
- Siendo el recurso de casación un mecanismo que busca otorgar a los ciudadanos la posibilidad
- De lo anterior, se establece que únicamente son recurribles en casación, aquellos Autos de Vista
- resolución de aquel recurso dos supuestos, a saber: ‘Si existe contradicción la resolución establecerá la
- En el caso que este Tribunal llegue a determinar la existencia de la contradicción señalada
- Bajo esa línea, la legislación nacional dentro del tercer párrafo del art
- De ello se concluye que el requisito de invocar un precedente contradictorio dentro del sistema
- III.2. Determinación de la pena y su control
- En cuanto a la determinación de la pena y su correspondiente imposición, la normativa procesal
- Sobre la temática, este Tribunal de Justicia, desarrolló entendimientos y doctrina legal que permite comprender
- La doctrina internacional con autores como Eugenio Raúl Zafaroni en su obra Manual de Derecho
- Ahora bien, en lo que respecta a la primera etapa de individualización de la pena
- III.3. Análisis del caso concreto
- Con la finalidad de resolver la temática planteada y a los fines de verificar si
- Al respecto, invocó como precedente contradictorio el Auto Supremo 38/2013-RRC de 18 de febrero, que
- En este ámbito, el juez o tribunal que fija una pena tiene la obligación de
- Sin embargo, la sola falta de arrepentimiento o confesión no puede valorarse para hacer más
- b) La mayor o menor gravedad del hecho, que tiene que ver con lo previsto
- c) Circunstancias y las consecuencias del delito, que también deben ser consideradas en el caso
- Analizado el precedente, contrastado con el Auto de Vista impugnado se advierte que la temática
- De ahí que, advirtió que el Tribunal de Sentencia no aplicó de manera correcta los
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en aplicación de lo previsto por el
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
