Auto Supremo AS/0299/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0299/2017-RRC

Fecha: 20-Abr-2017

Al respecto, invocó como precedente contradictorio el Auto Supremo 38/2013-RRC de 18 de febrero, que


Al respecto, invocó como precedente contradictorio el Auto Supremo 38/2013-RRC de 18 de febrero, que fue emitido por esta Sala al constatar que el Auto de Vista transgredió los arts. 37, 38 y 39 del CP, porque no se justificó las razones por las que se impuso al imputado una pena de cuatro años de reclusión, en inobservancia de las reglas de fijación de la pena, de donde se emitió la siguiente doctrina legal aplicable:

“La determinación judicial de la pena que comprende todo el procedimiento; es decir, la evaluación, decisión y justificación del tipo y la extensión de la pena, tiene líneas de orientación previstas legalmente, de manera que no puede considerarse una cuestión propia de la discrecionalidad del juez. La individualización de la pena está sometida al principio de proporcionalidad recogido por el Código Penal en sus diferentes artículos y a la finalidad de la pena establecida constitucionalmente como la educación, habilitación e inserción social de los condenados, con respeto a sus derechos