Auto Supremo AS/0299/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0299/2017-RRC

Fecha: 20-Abr-2017

De ahí que, advirtió que el Tribunal de Sentencia no aplicó de manera correcta los


Al respecto, se tiene que el precedente estableció parámetros para realizar un correcto análisis en cuanto a la imposición de la pena; en consecuencia, verificando la aplicación normativa por la cual el Auto de Vista debió realizar su fundamentación y a los fines de sustentar que fue correcta la disminución de la pena impuesta a la imputada de cinco a tres años, corresponde analizar si la argumentación del Auto de Vista se acomodó o no a las reglas definidas en el precedente invocado y la doctrina establecida en el punto III.2. de este fallo; de ahí, que se tiene que el Tribunal de alzada al respecto señaló detalladamente uno por uno los elementos que hacen para la imposición de la pena, siendo que estableció que la pena asignada por el Tribunal de Sentencia no tuvo relación con la motivación realizada en la Sentencia para determinar la pena máxima, porque no se explicó cuáles los elementos probatorios que fueron decisivos para sancionar a la imputada con la pena máxima para el delito Estafa, situación que resulta evidente, siendo que la Sentencia tuvo como sustento para asignar dicha pena el hecho de que la imputada comprendió el hecho antijurídico y que era familiar de la víctima.

De ahí que, advirtió que el Tribunal de Sentencia no aplicó de manera correcta los arts. 37 y siguientes del CP; e, identificó que el séptimo motivo denunciado constituya un vicio in judicando en la individualización judicial de la pena, aspecto por el cual le facultaba al Tribunal de alzada reparar directamente dicha falencia en aplicación del art. 414 del CPP, por lo que realizó una fundamentación referida a los elementos relativos a una correcta imposición de la pena; en el presente caso, basándose en: a) Con relación al personalidad de la autora del delito refiriendo que es una persona joven (35 años de edad), con grado de instrucción universitaria (Ingeniería comercial) y tiene dos hijos bajo su dependencia, no se refieren antecedentes penales; 2) Con relación a la mayor o menor gravedad del hecho, señaló que la autora no le importó desplegar acciones de engaño para lograr la disposición patrimonial de parte de los acusadores en su propio beneficio, mucho menos le importó el trabajo sacrificado realizado por las víctimas en un país extraño, quienes para enviar los dineros pensando que hacían una buena inversión, se privaron de satisfacer hasta de necesidades personales básicas, sin tener en cuenta que la víctima era su familiar; 3) Finalmente, en cuanto a las consecuencias del delito y la cantidad de dinero que fue sonsacado por la autora del mismo, ocasionó grave perjuicio en la economía de la víctima al verse frustrada de obtener el beneficio por la imputada