Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0352/2017-RI
Fecha: 04-Abr-2017
Distrito: Oruro
Distrito: Oruro
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Partes: María Rosa Parihuancollo Anave c/ Hernán Parihuancollo Anave y Bertha Mamani Vásquez de
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Proceso: Sobre reivindicación
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Distrito: Oruro
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De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
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Conforme a lo previsto en el art
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II.2.- En consideración a los requisitos en análisis, corresponde hacer referencia al recurso interpuesto
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Asimismo refieren que el Auto de Vista no habría considerado, que de su parte habrían
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Agregan que, el Auto de Vista al confirmar la Sentencia contraviene el art
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Por otro lado señalan que, el Auto de Vista no habría observado lo dispuesto
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En base a esos argumentos, solicitan se conceda el recurso de casación ante el Tribunal
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A su vez, María Rosa Parihuancollo Anave, responde en base a los fundamentos expresados en
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III. Doctrina legal
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Corresponde señalar que el art
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La exigencia descrita precedentemente obedece, a la tesis de que el recurso de casación es
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En relación a lo anterior, corresponde especificar que la uniforme línea Jurisprudencial asumida por éste
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III. Análisis del recurso de casación
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Asimismo, los recurrentes, de manera genérica acusan la infracción de los arts
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Lo anotado, demuestra la importancia que tiene el cumplimiento de los requisitos previstos en el
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Por otro lado es pertinente aclarar que, si bien hacen conocer la infracción de los
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Finalmente el petitorio resulta absolutamente deficiente cuando desde su perspectiva el Tribunal Supremo de Justicia,
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Las manifiestas deficiencias del recurso advertidas, implican incumplimiento del requisito previsto por el art
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POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
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Regístrese, hágase saber y devuélvase.
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