Como se puede advertir del contexto del recurso de apelación interpuesto por la entidad crediticia
Como se puede advertir del contexto del recurso de apelación interpuesto por la entidad crediticia en ninguna parte de ella se tiene reclamo alguno respecto del avalúo presentado por el demandante en calidad de prueba pre constituida, (fs. 100 a 106), misma que establece el valor comercial de las mejoras introducidas por el demandante en el lote de terreno adquirido de la Cooperativa, mediante documento de suscrito en fecha 26 de junio de 2010, cursante de fs. 13 a 15. Sin embargo el Auto de Vista ahora impugnado además de absolver los reclamos acusado por el apelante refiere que respecto de las construcciones realizadas por el demandante en el bien inmueble ubicado en la U.V. N° 264, Mzo. N° 42, lote N° 27 con el avalúo saliente de fs. 100 a 106, es “necesario señalar que esta prueba carece de eficacia probatoria para determinar con precisión el monto a ser pagado por la Cooperativa de Ahora y Crédito JERUSALEN Ltda., a favor del demandante, pues en el ítem 4.3 (fs. 104) expresa que el valor comercial de la construcción comprende una superficie de 100,00 Mts2., y le asigna un valor comercial de $u. 35.000,00 (Treta y cinco mil 00/100 dólares americanos), sin embargo en el croquis de la construcción (fs. 106) del demandante JETZON BONARADY CAMPOS refleja que la construcción objeto de resarcimiento comprende una superficie de 8,00 metros lineales de frente por 10,4 metros lineales de fondo….”
- Distrito: Santa Cruz
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Resolución de primera instancia que es apelada por el demandado mediante escrito de fs
- Del contenido del Recurso de Casación se tiene lo siguiente
- Sin respuesta al recurso
- III. DOCTRINA APLICABLE AL CASO
- La Jurisprudencia Constitucional ha desarrollado asimismo el principio de congruencia en la Sentencia Constitucional Nº
- En este entendido, se ha orientado a través del Auto Supremo Nº 304/2016 que citando
- IV. DE LOS FUNDAMENTOS DE LA RESULUCIÓN
- La citada norma claramente dispone que el Auto de Vista deberá circunscribirse a los puntos
- Como se puede advertir del contexto del recurso de apelación interpuesto por la entidad crediticia
- De lo manifestado se tiene claramente establecido que el Tribunal de Alzada a considerado aspectos
- Por lo manifestado corresponde resolver el recurso de casación en la forma previsto por el
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgda. Rita Susana Nava Durán.
