Por lo manifestado corresponde resolver el recurso de casación en la forma previsto por el
Por lo manifestado corresponde resolver el recurso de casación en la forma previsto por el art. 220.III num. 2) inc. a) del Código Procesal Civil
- Distrito: Santa Cruz
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Resolución de primera instancia que es apelada por el demandado mediante escrito de fs
- Del contenido del Recurso de Casación se tiene lo siguiente
- Sin respuesta al recurso
- III. DOCTRINA APLICABLE AL CASO
- La Jurisprudencia Constitucional ha desarrollado asimismo el principio de congruencia en la Sentencia Constitucional Nº
- En este entendido, se ha orientado a través del Auto Supremo Nº 304/2016 que citando
- IV. DE LOS FUNDAMENTOS DE LA RESULUCIÓN
- La citada norma claramente dispone que el Auto de Vista deberá circunscribirse a los puntos
- Como se puede advertir del contexto del recurso de apelación interpuesto por la entidad crediticia
- De lo manifestado se tiene claramente establecido que el Tribunal de Alzada a considerado aspectos
- Por lo manifestado corresponde resolver el recurso de casación en la forma previsto por el
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgda. Rita Susana Nava Durán.
