Del contenido del Recurso de Casación se tiene lo siguiente
Resolución de Alzada que es recurrida de casación por la parte demandante, que obtiene el presente análisis.
II. DEL CONTENIDO DEL RECURSO:
Del contenido del Recurso de Casación se tiene lo siguiente:
Acusa vulneración del art. 265.1 del Código Procesal Civil, refiriendo que el Auto de Vista debió circunscribirse a los puntos resueltos por el inferior y que hubieran sido objeto de apelación; sin embargo en el caso de Autos el Ad quem como si fuera parte del proceso habría identificado agravios que no fueron acusados en el recurso de apelación como ser: el hecho de que el demandante Jetzon Bonardy Campos no habría cumplido con la carga de la prueba impuesta por el art. 1283 del Código Civil a efecto de acreditar el valor comercial real de las construcciones. Sindicando al Tribunal de haber cometido prevaricato
II. DEL CONTENIDO DEL RECURSO:
Del contenido del Recurso de Casación se tiene lo siguiente:
Acusa vulneración del art. 265.1 del Código Procesal Civil, refiriendo que el Auto de Vista debió circunscribirse a los puntos resueltos por el inferior y que hubieran sido objeto de apelación; sin embargo en el caso de Autos el Ad quem como si fuera parte del proceso habría identificado agravios que no fueron acusados en el recurso de apelación como ser: el hecho de que el demandante Jetzon Bonardy Campos no habría cumplido con la carga de la prueba impuesta por el art. 1283 del Código Civil a efecto de acreditar el valor comercial real de las construcciones. Sindicando al Tribunal de haber cometido prevaricato
- Distrito: Santa Cruz
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Resolución de primera instancia que es apelada por el demandado mediante escrito de fs
- Del contenido del Recurso de Casación se tiene lo siguiente
- Sin respuesta al recurso
- III. DOCTRINA APLICABLE AL CASO
- La Jurisprudencia Constitucional ha desarrollado asimismo el principio de congruencia en la Sentencia Constitucional Nº
- En este entendido, se ha orientado a través del Auto Supremo Nº 304/2016 que citando
- IV. DE LOS FUNDAMENTOS DE LA RESULUCIÓN
- La citada norma claramente dispone que el Auto de Vista deberá circunscribirse a los puntos
- Como se puede advertir del contexto del recurso de apelación interpuesto por la entidad crediticia
- De lo manifestado se tiene claramente establecido que el Tribunal de Alzada a considerado aspectos
- Por lo manifestado corresponde resolver el recurso de casación en la forma previsto por el
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgda. Rita Susana Nava Durán.
