De la revisión del considerando II del Auto de Vista ahora cuestionado, se conoce que
De la revisión del considerando II del Auto de Vista ahora cuestionado, se conoce que el Ad quem como fundamentos para confirmar la Sentencia impugnada refiere que el recurso de apelación carece de la debida fundamentación ya que no se indica claramente que normas han sido violadas y/o transgredidas con el fallo dictado por la juez de la causa, ya que no es suficiente hacer una relación de actuados de lo que ha sucedido en el proceso sino lo fundamental en todo recurso de apelación es señalar con claridad que articulados han sido violados con el fallo dictado y la afectación que se le ha originado a la recurrente como consecuencia de la omisión de dichas normas dentro de la Sentencia dictada, esta falencia procesal en la elaboración del recurso impide que el Tribunal ingrese en mayores consideraciones; siendo estos en consecuencia los fundamentos por los cuales el Ad quem no considera los agravios de la apelación
- Proceso: Cumplimiento de contrato, desocupación y entrega de inmueble
- Distrito: Santa Cruz
- De las denuncias expuestas por la parte recurrente, se extrae en calidad de resumen las
- Agrega que la Ad quem, ni siquiera sabe de qué se trata el tema de
- Refiere que la Ad quem, dice que su persona no citó artículos de los agravios
- II
- En mérito a la Rresolución a dictarse, corresponde desarrollar la doctrina aplicable
- En el Auto Supremo Nº 52/2016 de 29 de enero, se ha razonado lo siguiente:
- De la revisión de obrados se conoce que el sorteo en el presente caso por
- Complementando lo anterior, corresponde también referir que este Tribunal en el Auto Supremo Nº 336/2013
- En el Auto Supremo Nº 639/2013 de 11 de diciembre, se ha razonado lo siguiente:
- En el sistema recursivo, el de apelación tiene un papel preponderante porque es por excelencia
- En tal caso, la respuesta a la apelación debe ser debidamente motivada y fundamentada por
- Es así que, abierta la competencia del Tribunal de apelación, éste debe dirimir la problemática
- En este entendido la jurisprudencia desarrolló sobre la fundamentación y motivación de las resoluciones judiciales,
- En el Auto Supremo Nº 424/2016 de 29 de abril se ha razonado lo siguiente:
- Como se podrá advertir, el Tribunal Ad-quem no obstante de haber identificado los agravios del
- La norma legal de referencia (vigente al momento de la interposición del recurso) no exigía
- Se debe tener presente que toda Resolución debe cumplir con el principio de congruencia, es
- La Sentencia Constitucional N° 2023/2010-R, ha concretado lo siguiente: “La garantía del debido proceso, comprende
- IV
- De la revisión del considerando II del Auto de Vista ahora cuestionado, se conoce que
- En esa relación se puede inferir que el Tribunal de Alzada de manera incorrecta ha
- En ese antecedente, correspondía al Ad quem circunscribirse precisamente a los puntos resueltos por el
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Sin responsabilidad por ser excusable
- En cumplimiento del art
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
