Auto Supremo AS/0121/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0121/2017

Fecha: 31-May-2017

Por lo anotado, este Tribunal no encuentra vulneración a los arts

Por lo anotado, este Tribunal no encuentra vulneración a los arts. 11, 18, 22 y 25 del DS N° 20255, dado que para la aplicación de las anotadas normas por los jueces de fondo, se tenía que demostrar por la parte demandada la condición fáctica previa, referida al tipo de relación laboral regulada por la norma mencionada, no sólo limitarse a afirmar que dicha relación sea tal; hecho sobre el cual, los jueces de fondo, como quedó anotado, fueron concluyentes, al señalar que la relación laboral fue permanente y continuada