Auto Supremo AS/0121/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0121/2017

Fecha: 31-May-2017

Señala que si bien el art

Señala que si bien el art. 48.IV de la CPE establece la imprescriptibilidad de los beneficios sociales y derechos laborales de los trabajadores, la misma sólo debe ser aplicable a partir de su publicación (07/02/2009) y no así para derechos nacidos con anterioridad, que al no haber sido reclamados por el trabajador, prescribieron