Auto Supremo AS/0348/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0348/2017-RA

Fecha: 19-May-2017

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a)Por Sentencia S-130/2014 de 22 de diciembre (fs. 1426 a 1431 vta.), el Tribunal Cuarto de Sentencia de El Alto del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, declaró a Nicanor Eduardo y Rosario ambos de apellidos Quispe Esquivel, absueltos de la comisión del delito de Robo Agravado en aplicación del art. 363 inc. 2) del Código de Procedimiento Penal (CPP), con costas,

b)Contra la mencionada Sentencia, Carmen Rosa Vega Sullcani y Julia Victoria Sullcani Vda. de Vega, interpusieron recurso de apelación restringida y subsanación (fs. 1444 a 1449 y 1505 a 1512), resuelto por Auto de Vista 43/2015 de 23 de junio (fs. 1515 a 1520), que fue dejado sin efecto por Auto Supremo 287/2016-RRC de 21 de abril (fs. 1575 a 1581); en cuyo mérito, la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emitió el Auto de Vista 81/2016 de 18 de octubre, que declaró admisible e improcedentes de las cuestiones planteadas; en consecuencia, confirmó la Sentencia apelada; por otra parte, fue aceptada y complementada la Resolución Recurrida, a solicitud de la parte acusada, mediante Auto de 28 de noviembre del mismo año (fs. 1604 y vta.), con costas a la parte acusadora