De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
I.ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
a)Por Sentencia 40/2015 de 18 de diciembre (fs. 137 a 149), el Juez Primero de Partido y Sentencia de El Alto del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, declaró a Raúl Vertiz Blanco Guzmán y Fabiola Gretel Vertiz Blanco García, absueltos de los delitos de Perturbación de Posesión y Daño Simple, y autores y responsables del delito de Despojo, previsto y sancionado por el art. 351 del CP, imponiendo la pena de tres años de reclusión a cada uno, más el pago de costas, daños y perjuicios averiguables en ejecución de sentencia.
b)Contra la mencionada Sentencia, los imputados Raúl Vertiz Blanco Guzmán y Fabiola Gretel Vertiz Blanco García, formularon recurso de apelación restringida (fs. 156 a 164), que fue resuelto por Auto de Vista 95/2016 de 14 de julio, dictado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, que declaró admisible e improcedentes las cuestiones planteadas en el recurso y confirmó la Sentencia apelada; asimismo, fue rechazada la solicitud de complementación y enmienda de la parte imputada mediante Resolución de 21 de octubre de 2016 (fs. 188).
c)Por diligencia de 7 de noviembre del 2016 (fs. 189), fueron notificados los recurrentes, con la última Resolución de alzada; y, el 7 del mismo mes y año, interpusieron el recurso de casación, que es objeto del presente análisis de admisibilidad
- Por memorial presentado el 7 de noviembre de 2016, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- En el acápite subtitulado “FUNDAMENTOS DEL RECURSO DE CASACIÓN”, denuncian
- Refieren que el Tribunal de alzada incurrió en defecto absoluto al no absolver de manera
- 2
- Refieren que no fue compulsado el elemento de la culpa y la necesidad del dolo
- sino por el contrario la autoridad de instancia cumplió con el principio de razón suficiente
- Invocan también los Autos Supremos 017/2014-RRC de 24 de marzo, 30 de 26 de enero
- De igual manera, denuncian que el Auto de Vista emitido, vulnera sus derechos y garantías
- 5
- 6
- 7
- realizadas a la querella, a través del Auto de 27 de julio de 2016; sin
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación
- de Justicia, pueda cumplir con su competencia (art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
- En cuanto al cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad, se advierte que los recurrentes,
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
