Auto Supremo AS/0498/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0498/2017

Fecha: 15-May-2017

Consiguientemente, en virtud a las razones expuestas, corresponde a este Tribunal emitir resolución conforme lo

Finalmente respecto a que el titular del bien inmueble sería Pedro Crecencio Pinto y no así el actor principal, debemos señalar que en el presente caso Luis Alberto Flores Sibaute acreditó con prueba fehaciente ser el titular del derecho propietario del bien inmueble en litigio por lo que su pretensión referida a la acción negatoria y desocupación y entrega de bien inmueble fueron acogidas favorablemente, sin embargo la pretensión de mejor derecho propietario fue correctamente declarada improbada porque el demandado no acreditó tener título de dominio debidamente inscrito en Derechos Reales para establecer cuál de los dos tiene prioridad de registro, por lo tanto si existe un tercero que también tendría derecho propietario sobre el bien inmueble, este tiene los medios legales para hacer valer los mismos, puesto que las resoluciones emergentes en el presente proceso surten efectos únicamente entre los que intervinieron en la litis.
Consiguientemente, en virtud a las razones expuestas, corresponde a este Tribunal emitir resolución conforme lo establece el art. 220.II del Código Procesal Civil