Auto Supremo AS/0520/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0520/2017

Fecha: 17-May-2017

En cuanto a la segunda parte de lo sostenido en este acápite, que refiere a

En cuanto a la segunda parte de lo sostenido en este acápite, que refiere a que no se reconoce materialmente la existencia de la Escritura Pública que acreditaría el derecho propietario, y que ello conllevaría infracción de lo previsto por el art. 180.I de la Constitución Política del Estado, referido al principio de verdad material; si la postura sostenida por la parte recurrente tuviera sustento, no habría asimismo el análisis efectuado respecto a la cláusula tercera analizado supra, es decir, el estudio realizado por los de instancia de ninguna manera desacreditan la existencia de un derecho propietario debidamente registrado ante la oficina de Derechos Reales, lo que no es estableció es la ubicación cierta del predio, consecuentemente cuando denuncia que no se reconocería materialmente la existencia de la Escritura Pública esa acusación carece de sustento, quedando por lo mismo desvirtuada la acusación de quebranto de la norma del texto constitucional referida