Auto Supremo AS/0526/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0526/2017

Fecha: 17-May-2017

Posteriormente, la autoridad citada supra, en el punto 2) del ya citado considerando, ingresó a

Posteriormente, la autoridad citada supra, en el punto 2) del ya citado considerando, ingresó a considerar el recurso de apelación interpuesto contra la Sentencia de primera instancia, abstrayendo en principio los reclamos inmersos en el recurso de apelación, para seguidamente responder a los mismos, para concluir señalando que: “Ahora bien y puesto que dentro de la demanda se está demandado el cumplimiento de un contrato que si bien es cierto en el mismo no se está discutiendo el derecho de propiedad, pero como consecuencia del cumplimiento de contrato de fecha 04 de septiembre de 2002 se pide la desocupación y entrega de bien inmueble. Bien inmueble que durante el desarrollo del proceso no se ha acreditado peor aún no se ha demostrado la existencia ni el derecho de propiedad a favor de la demandante, es decir que el inmueble objeto del contrato no ha podido ser consolidado a favor de la demandante y como se tiene dicho no acredita derecho de propietario puesto que el mismo no se encuentra registrado en los derechos públicos correspondientes ya sea por los modos establecidos por el art. 110, 1450 y 1452 del código civil, en merito a lo establecido corresponde rectificar procedimiento”