Auto Supremo AS/0539/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0539/2017

Fecha: 17-May-2017

Con relación al considerando III numerales 1 al 9, aduce que lo único que

Con relación al considerando III numerales 1 al 9, aduce que lo único que hizo el tribunal de alzada fue fundamentar con respecto al caso usando doctrina y jurisprudencia, es decir ,de manera prolija, pues ha desglosado la novación, asimismo expresa que jamás se ha invocado el instituto de la extinción por novación objetiva, que en los hechos es diferente a la prescripción, y esta no debe presumirse sino debe resultar de una declaración expresa, conforme se ha determinado en la jurisprudencia