Auto Supremo AS/0141/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0141/2017

Fecha: 14-Jun-2017

A los fines de determinar la existencia de error de hecho y derecho en la

II.1.2 En cuanto al Recurso de Casación en el fondo
A los fines de determinar la existencia de error de hecho y derecho en la valoración de la prueba respecto a la existencia de relación laboral, así como interpretación errónea o aplicación indebida de la Ley 321 a favor del trabajador, corresponde partir de los siguientes criterios:
El Derecho Laboral, se ha ido nutriendo de la doctrina que contiene principios comunes y directrices que sirven de centro o referencia a la regulación de una determinada institución jurídica, e inspiran el verdadero sentido de las normas con particularidades distintas y diferentes de otras ramas y disciplinas jurídicas, cuya finalidad, no sólo es orientadora e interpretativa; sino, que se encuentra destinada principalmente a solucionar casos concretos. A tal efecto se encuentra el “principio de la continuidad laboral”, positivado en el art. 4.I.b) del Decreto Supremo (DS) Nº 28699 de 1 de mayo de 2006, que textualmente dispone: “b) Principio de la Continuidad de la Relación Laboral, donde a la relación laboral se le atribuye la más larga duración imponiéndose al fraude, la variación, la infracción, la arbitrariedad, la interrupción y la sustitución del empleador”, que implica que a toda relación laboral se le debe dar la más larga duración posible ante hechos arbitrarios o vulneratorios de los derechos reconocidos a favor de los trabajadores, velando siempre en lo permisible por la protección de estos