Auto Supremo AS/0149/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0149/2017

Fecha: 14-Jun-2017

Manifiesta que el referido Auto de Vista contiene violación e interpretación errónea y aplicación indebida

Manifiesta que el referido Auto de Vista contiene violación e interpretación errónea y aplicación indebida de la Ley del art. 16 inc. a) y e) de la LGT., pues en el cuarto considerando el Auto de Vista de manera equivocada señala que; la parte demandada no ha presentado pruebas, y que el Juez a quo habría hecho una valoración correcta de la pruebas producidas, señalando además que los argumentos de la Apelación son infundados y que no se habría producido prueba alguna que demuestre tal argumentación, cuando cursa en obrados de fs. 78 a 80 la declaración, uniforme de los testigos propuestos por la misma parte demandante que demuestran que lo invocado en la demanda es falso en cuanto a la extinción de la relación laboral, habiéndose desvirtuado expresamente la demanda, por la prueba producida, demostrándose que fue el demandante quien se negó expresamente a cumplir una de las tareas asignadas, así está demostrado de forma expresa en la respuesta a la pregunta 8° del interrogatorio propuesto por la parte demandante, lo que contradice totalmente lo señalado en el punto 1.3 del despido intempestivo e injusto de fs. 20; por lo cual manifiesta, queda en evidencia que no hubo despido injustificado, sino más bien fue que el demandante cuando era trabajador de la empresa, que en horario de trabajo se negó a cumplir una tarea encomendada sin justificación alguna, situación que no ha sido apreciada, ni por el juez de primera instancia ni por el Auto de Vista