Auto Supremo AS/0161/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0161/2017

Fecha: 14-Jun-2017

Lo anotado lleva a concluir que, en el caso concreto el Tribunal de Alzada no

Lo anotado lleva a concluir que, en el caso concreto el Tribunal de Alzada no aplicó los principios de protección al trabajador y de inversión de la prueba que rige materia laboral, consagrados incluso constitucionalmente en el art. 48.II de la CPE, además del art. 4 del DS Nº 28699 de 1 de mayo de 2006, lo que se traduce en la vulneración a tales previsiones normativas, así como violación de los arts. 53 de la LGT y 39 y 43 del DR-LGT, por cuanto el salario es la remuneración que se percibe en contraprestación al trabajo realizado, siendo éste irrenunciable e inembargable, conforme manda la CPE en su art. 48.III y IV; por lo que corresponde enmendar dicha decisión