Auto Supremo AS/0458/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0458/2017-RA

Fecha: 20-Jun-2017

4)Denuncia que el Auto de Vista de 16 de enero de 2017, contiene vicio de


4)Denuncia que el Auto de Vista de 16 de enero de 2017, contiene vicio de incongruencia omisiva, porque se denunció que la Sentencia vulnera el principio de congruencia, aspecto comprendido en los arts. 362 y 370 inc. 11) del CPP, debido a que fueron sentenciados por un hecho distinto al cual fue acusado, por lo que la Sentencia vulnera el principio de congruencia; situación que genera duda respecto de que la Sentencia condenatoria de 25 de julio de 2016, se haya basado en hechos no contemplados en la acusación y que el Juez A quo de oficio emitió una Sentencia por nuevos hechos que no fueron objeto de debate ni discusión, vulnerando de esta manera por parte del Juez el art. 362 del CPP, que establece la prohibición de la condena por algo que no se le acusó; toda vez, que dicha norma indica que el imputado no podrá ser condenado por un hecho distinto al atribuido en la acusación; siendo que en el presente caso se le condena por otro acto, como: “disque estoy en posesión de un lote de terreno “, hecho que no fue acusado, más aún cuando demostró que no participaron en ningún desalojo de ningún inmueble, lo que genera el defecto de la Sentencia previsto por el art. 370 inc. 11) del CPP, respecto de estas denuncias el Tribunal de alzada se limita a decir que no es evidente dicho agravio y de ninguna manera desglosa las conclusiones y hechos de incongruencia que no fueron objeto de acusación; pero que sin embargo, el Juez a quo introdujo otros nuevos hechos para dictar Sentencia, por lo que el Tribunal de alzada confirma la Sentencia condenatoria; por un hecho no acusado señalando que no es evidente la incongruencia denunciada, lo cual contradice la jurisprudencia emitida en los precedentes que invocó