Regístrese, hágase saber y devuélvase
POR TANTO
La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art. 418 del CPP, declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por Carlos Osvaldo Encinas Villca de fs. 568 a 572.
Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Por memorial presentado el 7 de abril de 2017, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b)Contra la mencionada Sentencia, el imputado Carlos Osvaldo Encinas Villca (fs
- c) Por diligencia de 31 de marzo de 2017 (fs
- Del memorial del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- Asimismo cita como precedentes contradictorios los Autos de Vista de 3 de noviembre de 2005,
- El art
- que todo ciudadano tenga la certeza y seguridad que la norma procesal y material será
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Respecto a los demás requisitos de admisibilidad, el recurrente refiere que el Tribunal de alzada
- En relación a la segunda parte del recurso, en el que cuestiona que el Tribunal
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
