Auto Supremo AS/0500/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0500/2017-RRC

Fecha: 30-Jun-2017

Auto Supremo 316 de 28 de agosto de 2006, dictado en un proceso penal por


Auto Supremo 316 de 28 de agosto de 2006, dictado en un proceso penal por el delito de Patrocinio Infiel, en la que el recurrente de casación denuncio que el Tribunal de apelación, incurrió en error in iudicando, porque no tomó conocimiento amplio del hecho, ni como se subsumiría en el tipo penal por el que se juzgó, que el Auto de Vista no cumplió con las reglas mínimas de redacción y elaboración del fallo, que su accionar no se adecuó al ilícito que se le atribuye y que la prueba no fue debidamente valorada porque no se demostró haber realizado el acto deliberado para causar perjuicio. Al respecto, el Auto Supremo fundamentó en sentido de que ante la denuncia de errores in iudicando, es necesario realizar un análisis del tipo penal y la conducta sancionada para ejercitar el ius puniendi, por la realización de una conducta nociva a los intereses de la sociedad. Los tipos penales tienen una determinada estructura y están constituidos por elementos, de ahí que a pesar de que una conducta sea aparentemente típica, no siempre será un delito, ya que existiría atipicidad, que consiste en la falta de uno de los elementos del tipo, por lo que estableció la siguiente doctrina legal aplicable: “el recurso de apelación restringida es el medio legal para impugnar errores de procedimiento o de aplicación indebida de normas sustantivas en los que se hubiera incurrido durante la sustanciación del juicio o en la emisión de la sentencia, pues tal recurso está destinado a garantizar los derechos constitucionales y velar por la aplicación de los principios del debido proceso