Describe que el Auto de Vista sostuvo que los puntos apelación de fs
Describe que el Auto de Vista sostuvo que los puntos apelación de fs. 103 y 105 con actos consentidos, respeto a la sustitución de testigos y la nota dirigida a FIE, porque no toma en cuenta que la prueba descrita se circunscribe al art. 479.II de Código de Procedimiento Civil, pues ambas pruebas no fueron ofrecidas en forma oportuna en la contestación a la demanda, y en lo que corresponde al juramento de no haber tenido conocimiento antes, en obrados no consta dicho juramento; cita el contenido del Auto Supremo Nº 124/200 de 02 de mayo, reitera que las pruebas descritas no fueron propuestas al contestar la demanda, describe el principio de oportunidad y cita el contenido de la Sentencia Constitucional Nº 944/04 de 18 de junio, 843/2005-R y otras
- Partes: Mauro Salazar García. c/ Fanny Daza
- Proceso: Anulabilidad de contrato
- Distrito: Santa Cruz
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Apelada la Resolución de primera instancia se pronuncia el Auto de Vista de fs
- II. CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Describe que el Auto de Vista sostuvo que los puntos apelación de fs
- Señala que la autoridad en la valoración de la prueba omite el punto de apelación
- Describe el principio de convalidación y su excepción manifestando que los actos que vulneran el
- III. DOCTRINA APLICABLE AL CASO
- Principio de finalidad del acto
- Principio de Conservación
- Principio de Convalidación
- Principio de preclusión
- IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Sobre la acusación de que observó la producción de prueba de data anterior; corresponde
- Respecto a la acusación de la prueba testifical de fs
- Respecto a la acusación de haberse infringido los principios de convalidación; se debe señalar no
- En cuanto a la acusación de que al emitirse el fallo extemporáneamente se hubiera vulnerado
- Finalmente corresponde señalar sobre la sustitución del testigo, la misma resulta ser irrelevante; pues se
- Por lo expuesto corresponde, emitir Resolución en la forma prevista en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Relator: Mgdo. Dr. Rómulo Calle Mamani.
