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    Auto Supremo AS/0570/2017
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0570/2017

    Fecha: 05-Jun-2017

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    • Proceso: Sumario de competencia desleal
    • Distrito: Tarija
    • I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
    • Resolución que puesta en conocimiento de las partes, dio lugar a que Sergio Roberto Lezcano
    • En mérito a esos antecedentes, el Juez Tercero de Partido en lo Civil de la
    • II. DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
    • Acusan que la Juez de Alzada se habría apartado de las cuestiones introducidas en la
    • Finalmente denuncia que no puede suplirse de oficio deficiencias del recurso de apelación e ingresar
    • Por lo expuesto solicitan la emisión de una Resolución casando el Auto de Vista impugnado
    • Recurso de casación interpuesto por Sergio Roberto Lazcano Arce en representación de Livio Cesar Zozzoli
    • Acusan que el Juez de apelación obró mal, olvidando que en el contenido de la
    • Hace notar que los demandados jamás opusieron excepción o acción para pedir la declinatoria o
    • De igual forma refiere que la nulidad declarada al margen de ser ultra petita este
    • Señala que la nulidad dispuesta jamás debió ser, ya que el daño que genera es
    • Denuncia que el Auto de Vista recurrido vulnera y va en contra de lo que
    • Por los fundamentos expuestos solicita la nulidad del Auto de Vista recurrido, para que la
    • -En oportunidad de que la parte actora responda al recurso de casación interpuesto por los
    • Por lo expuesto solicita se anule el Auto de Vista recurrido
    • -Notificados los demandados con el recurso de casación de la parte actora, tal como consta
    • III. DOCTRINA APLICABLE AL CASO
    • En este sentido, Eduardo J
    • De dicho antecedente, se infiere que “no hay nulidad sin perjuicio”, en ese sentido la
    • En efecto, en el Estado Legislativo de Derecho, para la procedencia de las nulidades de
    • En cambio en el Estado Constitucional de Derecho, la procedencia de las nulidades de actos
    • Bajo esta concepción, las nulidades de los actos procesales serán procedentes cuando se constate irregularidades,
    • En ese orden, estos dos fenómenos, no pueden tener consideración separada por los jueces, en
    • Lo contrario, significaría sujetar a la justicia constitucional a toda emergencia suscitada, tanto en procedimientos
    • La Ley Nº 025 con el fin de dar continuidad al proceso incorporó un nuevo
    • En correspondencia con lo normado por la Ley 025, el Código Procesal Civil - Ley
    • Al respecto, este Supremo Tribunal de Justicia en su diversos fallos, entre ellos el Auto
    • Principio de Convalidación
    • Principio de preclusión
    • Principios y disposiciones legales marcan el límite de la actuación de los Jueces vocales y
    • IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
    • Del análisis de los fundamentos expuestos en el recurso de casación, se infiere que los
    • En virtud a lo acusado y de conformidad a la revisión del Auto de Vista
    • En razón a dichas premisas, previamente se debe señalar que en la actualidad el determinar
    • Consiguientemente, al haber desaparecido la competencia en razón de cuantía por efecto de la vigencia
    • En ese entendido y toda vez que por los fundamentos expuestos supra corresponde emitir Resolución
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
    • Siendo excusable el error no se impone multa al Juez suscriptor del Auto de Vista
    • En aplicación del art
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Relatora: Mgda. Dra. Rita Susana Nava Durán.

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