Auto Supremo AS/0570/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0570/2017

Fecha: 05-Jun-2017

Consiguientemente, al haber desaparecido la competencia en razón de cuantía por efecto de la vigencia

Consiguientemente, al haber desaparecido la competencia en razón de cuantía por efecto de la vigencia plena del Código Procesal Civil Ley Nº 439, la inobservancia de dicho aspecto en el caso en análisis resulta intrascendente, en razón a que generar una nulidad de obrados por dicho aspecto, no tiene incidencia en la decisión de fondo respecto a la competencia desleal y el pago de daños y perjuicios, toda vez que el presente proceso se tramitó sin vulneración alguna del derecho al debido proceso, emitiéndose la decisión de declarar improbada la misma, aspecto que no cambiará con una nueva e innecesaria sustanciación del proceso ante un Juzgado Publico, concluyendo en consecuencia que en el caso presente el Juez de Alzada que dispuso la nulidad de obrados actuó en total inobservancia de que la nulidad por cuestiones de cuantía resulta intrascendente y sin relevancia constitucional que afecte el fondo de la decisión asumida, por lo que corresponde que el Juez de Apelación emita nueva Resolución conforme a los fundamentos expuestos en el recurso de apelación de fs. 455 a 465